ciudadanía italiana judicial
paterna - fila del consulado
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Para aquellos que no residen en territorio italiano, el reconocimiento de la ciudadanía se realiza a través de la representación consular italiana correspondiente a la circunscripción de residencia del interesado. Sin embargo, actualmente algunos consulados no pueden satisfacer todas las solicitudes de reconocimiento debido al extraordinario número de descendientes con derecho al reconocimiento.
Esta situación se traduce en largas listas de espera que pueden llegar hasta 10 años para la convocatoria y presentación de la documentación requerida.
La acción judicial para el reconocimiento de la ciudadanía italiana, basada en la demora en la finalización del procedimiento por parte del consulado, tiene fundamento en la jurisprudencia del Tribunale Ordinario di Roma y de la Corte di Appello di Roma, que ha reconocido su ilegalidad.
Ambos tribunales consideran que una lista de espera es una afrenta al principio de duración razonable del proceso, lo que justifica el reconocimiento de la ciudadanía por vía judicial.
Dado que la larga espera en la fila del consulado contraviene los principios de la administración pública, se considera como una negativa al derecho del solicitante.
La existencia de la fila y la comprobación de que el consulado no puede atender a los solicitantes dentro del plazo esperado son elementos suficientes que legitiman la presentación de la acción judicial.
Para obtener el reconocimiento de la ciudadanía en este caso, los solicitantes deben iniciar un proceso judicial en Italia.
Tras la sentencia, los certificados de nacimiento serán transcritos en el Comune de nacimiento del ancestro italiano, y será posible emitir el pasaporte italiano.
lo que es necessario
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Certificados de nacimiento y matrimonio de toda la línea genealógica, desde el italiano hasta el(los) solicitante(s) (debidamente rectificados cuando sea el caso) y sus respectivas traducciones;
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Copia autenticada del pasaporte - o copia autenticada del DNI, en este caso, proporcionar la traducción del DNI;
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Copia autenticada del comprobante de domicilio y su respectiva traducción;
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Certificado negativo de nacionalidad del antepasado italiano y su respectiva traducción;
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Poder especial con firma autenticada en notaría (modelo proporcionado por la oficina) y su respectiva traducción.
*Todos los documentos en otros idiomas que no sean el italiano deben ser traducidos por un traductor jurado y tanto los originales como las traducciones deben estar apostillados según la Convención de La Haya.
*Importante: se recomienda enviar todos los documentos para análisis jurídico antes de la traducción y apostillado.
En ningún caso será necesaria la presencia de los solicitantes en Italia, siendo suficiente un poder especial.
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